Si estás pensando en comprar una vivienda en Valencia, uno de los gastos más relevantes que deberás asumir es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este tributo se aplica en la compraventa de viviendas de segunda mano y varía según la comunidad autónoma. En la Comunidad Valenciana, el tipo general es del 10%, aunque existen excepciones, bonificaciones y estrategias legales para reducirlo o incluso evitarlo.
¿Qué es el ITP y cuándo se paga?
El ITP es un impuesto autonómico que se aplica en la compraventa de bienes inmuebles entre particulares (viviendas de segunda mano). El comprador es el obligado tributario y debe liquidarlo en un plazo de 30 días hábiles tras la firma de la escritura.
- Base imponible: valor real o de referencia del inmueble (el más alto).
- Tipo general en Valencia (2025): 10%
- Se paga en: la Agència Tributària Valenciana
¿Se puede evitar pagar el ITP legalmente?
No se puede «evitar» el ITP como tal si se trata de una compraventa entre particulares, pero sí hay situaciones y beneficios fiscales que te permiten reducir o anular su pago:
1. Comprar una vivienda nueva (IVA en lugar de ITP)
Si compras una vivienda de obra nueva directamente al promotor, no pagarás ITP, sino IVA (10%) y Actos Jurídicos Documentados (AJD). Aunque el IVA es del mismo tipo, en algunos casos el AJD está bonificado, lo que puede resultar más beneficioso.
2. Bonificaciones para menores de 35 años
En la Comunidad Valenciana, los menores de 35 años pueden acceder a un tipo reducido del 6% si la vivienda va a ser su residencia habitual y su renta no supera ciertos límites.
3. Familias numerosas
Existe un tipo reducido del 4% para familias numerosas, monoparentales o personas con discapacidad, siempre que el inmueble sea su vivienda habitual.
4. Adquisición para vivienda habitual
Las personas que compran una vivienda habitual (no para inversión o alquiler) y cumplen ciertos requisitos de renta, pueden aplicar una reducción del tipo impositivo.
5. Viviendas de protección oficial (VPO)
Las VPO disfrutan de un tipo reducido del 4% si se destina a residencia habitual.
¿Qué documentos necesitas para aplicar estas bonificaciones?
- Certificado de empadronamiento
- Declaración de la renta o justificantes de ingresos
- Título de familia numerosa o discapacidad, si aplica
- Escritura de compraventa
- Modelo 600 correctamente cumplimentado
¿Qué pasa si no pagas el ITP?
Omitir el pago del ITP puede acarrear recargos, intereses e inspecciones tributarias. La Agencia Tributaria Valenciana puede reclamar este impuesto durante los siguientes 4 años desde la compra.
Exención de ITP mediante contrato privado y prescripción
Existe una posibilidad legal de evitar el pago del ITP al adquirir una vivienda usada si se cumplen ciertas condiciones:
- Firma de contrato privado: La compraventa se realiza mediante un contrato privado entre comprador y vendedor, sin elevarse a escritura pública ni inscribirse en el Registro de la Propiedad.Idealista
- No presentación ante funcionario público: El contrato no se presenta ante ningún funcionario público ni se incorpora a un registro público.Idealista
- Prescripción del plazo de Hacienda: Hacienda tiene un plazo de cuatro años para reclamar el pago del ITP desde que la operación tiene efectos frente a terceros. Si durante ese tiempo no se ha elevado el contrato a escritura pública ni se ha inscrito en el registro, y Hacienda no ha iniciado ninguna acción, el derecho a exigir el impuesto prescribe.Idealista
Es importante destacar que esta situación es excepcional y conlleva riesgos, como la falta de seguridad jurídica para el comprador al no tener la propiedad inscrita a su nombre. Además, en caso de fallecimiento del vendedor o disputas legales, la falta de inscripción puede generar complicaciones.
Por lo tanto, aunque legalmente es posible evitar el pago del ITP en estas circunstancias, se recomienda encarecidamente contar con asesoramiento legal especializado antes de optar por esta vía.
Estrategias fiscales: ¿cuándo conviene comprar una vivienda nueva?
En operaciones de inversión o reventa, comprar viviendas nuevas puede ser fiscalmente más eficiente si puedes deducir el IVA como empresa. También en promociones de cooperativas o autopromociones, puedes evitar parte del ITP.
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